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Seguro Comercio – Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Valladolid

Tras el acuerdo alcanzado entre la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Valladolid y Media2 Correduría de Seguros, presentamos la póliza de comercios especialmente diseñada para el colectivo con unas coberturas especiales para los asociados  y con una prima muy competitiva, que fomente el ahorro para el Empresario y que genere un valor añadido para la asociación.

Es una póliza marca blanca de la Asociación                 

El seguro de comercio se compone:

Coberturas habituales en casi todos los seguros:

La cobertura de extensión de garantías comprende:

• Daños producidos por la acción directa del fuego y las consecuencias inevitables del incendio.

• Explosiones ocurridas dentro del edificio aunque no se produzca incendio, incluidos los gastos de salvamento

• Impacto directo del rayo.

La cobertura de extensión de garantías comprende:

• Lluvia, viento, pedrisco y nieve

• Inundación

• Gastos de desembarre y extracción de lodos

• Actos vandalismo y malintencionados

• Acciones tumultuarias y huelgas

• Humo

• Impacto de animales, vehículos terrestres, marítimos y aéreos y ondas sónicas

• Derrame o escape de las instalaciones automáticas de extinción de incendios

La cobertura de extensión de garantías comprende:

• Medidas para acortar o extinguir incendios

• Demolición y desescombro

• Gastos de salvamento

• Reconstrucción de archivos y documentos no informáticos

• Obtención de permisos y licencias

• Gastos de peritación de siniestros extraordinarios amparados por el CCS

La cobertura de extensión de garantías comprende:

• La pérdida de los ingresos por alquiler dejados de percibir por el asegurado, como consecuencia de un siniestro cubierto por la póliza siempre que este asegurado el Continente a valor total y siempre que el local esté cedido en alquiler mediante contrato vigente en el momento inmediato a la ocurrencia del siniestro.

• En el caso de que el Asegurado sea inquilino, y siempre que este asegurado el contenido, los gastos corresponderán, única y exclusivamente, a la diferencia entre el alquiler del nuevo local provisional y el correspondiente al local siniestrado.

• El alquiler de otro local de características similares al asegurado en póliza por desalojamiento forzoso.

• Siempre que este asegurado el Contenido, se incluye tanto el traslado eventual del mismo a otro local como el traslado nuevamente al local asegurado una vez reparado el Siniestro.

Incendio, explosión, caída del rayo, daños por lluvia, viento, pedrisco y nieve, inundación, gastos de desembarre y extracción de lodos, actos de vandalismo o malintencionados, acciones, tumultuarias y huelgas, humo, impacto de animales y vehiculos terrestres, maritimos y aereos, ondas sonicas, derrame o escape accidental de las instalaciones automáticas de extinción de incendios, gastos e inhabitabilidad del inmueble y traslado de contenido.

Solicita mas información aquí

La cobertura de extensión de garantías comprende:

• Escape, reventón, rotura y/o desbordamiento

• Omisión del cierre las llaves o grifos

• Gastos de búsqueda y localización de averías

• Gastos de fontanería

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La cobertura de extensión de garantías comprende:

La reposición y colocación, incluidos los gastos de traslado, por la rotura accidental de:

• Lunas, espejos, cristales, vinilos, vidrios, letreros, neones y rótulos, que formen parte del local asegurado. Se incluyen los muebles de metacrilato y claraboyas de poliéster translucido.

• Aparatos sanitarios, mármoles, granito y otras piedras naturales o artificiales, que formen parte de los mostradores, encimeras y estanterías fijas del local asegurado.

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La cobertura de extensión de garantías comprende:

• Los gastos necesarios para restablecer la armonía estética de la estancia afectada, existente en el momento inmediatamente anterior a un siniestro cubierto por la póliza.

• La reparación de los daños se realizará utilizando materiales de características y calidad semejantes a las de origen.

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La cobertura de extensión de garantías comprende:

Daños causados en las instalaciones eléctricas, aparatos eléctricos o electrónicos y sus accesorios, así como a los aparatos de transformación y distribución de energía, que cumplan con las normas legales vigentes, debidos a alteraciones en la red eléctrica general, cortocircuitos, combustión o caída de rayo, aunque no se produzca incendio.

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La cobertura de extensión de garantías comprende:

RECLAMACION DE DAÑOS

Se garantiza la reclamación al tercero responsable identificable, tanto por vía amistosa como judicial, de las indemnizaciones correspondientes al Asegurado, por los daños y perjuicios que se le causen, por imprudencia o dolosamente, en el ejercicio de la actividad empresarial o autónoma y que a continuación se relacionan:

– Daños corporales a su persona.

– Daños materiales al local o locales destinados a la actividad descrita en la póliza.

– Daños materiales a los bienes muebles de su propiedad, tales como mobiliario, maquinaria, equipos electrónicos o informáticos, útiles, género, mercancías, materias primas y productos, propios de la actividad empresarial o autónoma.

– Perjuicios causados por la sustracción dolosa de los bienes muebles antes indicados o del dinero existente en el local, incluso en el supuesto de infidelidad de sus empleados.

– Perjuicios patrimoniales, incluida la pérdida de beneficios, que deriven de los daños corporales o materiales antes indicados.

No incluye esta garantía la reclamación de los daños que sean consecuencia del incumplimiento de una relación contractual específica entre el Asegurado y el responsable de los mismos, sin perjuicio de otras expresas garantías contractuales.

En caso de fallecimiento del Asegurado, podrán ejercitar la reclamación sus familiares, herederos o beneficiarios.

DEFENSA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL

Se garantiza la defensa de la responsabilidad penal del Asegurado, en los procesos que se le sigan por hechos producidos en el ámbito de la actividad empresarial o autónoma descrita en la póliza.

Quedan excluidos los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.

DEFENSA DE DERECHOS SOBRE EL LOCAL

Se garantiza la defensa de los derechos del Asegurado en relación con el local o locales, situados en territorio español y destinados a la actividad empresarial o autónoma declarada.

1. Como propietario, usufructuario o arrendatario del local, la garantía comprende:

– La defensa y reclamación de sus intereses en los conflictos con sus vecinos, situados a distancia no superior a 100 metros, por infracción de normas legales relativas a emanaciones de humos o gases, higiene, ruidos persistentes y actividades molestas, nocivas o peligrosas.

– La reclamación por incumplimiento de los contratos de servicios de obras, reparación, conservación o mantenimiento del local y de sus instalaciones fijas, siempre que el pago de tales servicios corresponda íntegramente al Asegurado.

2. Como propietario o usufructuario:

– La defensa y reclamación de sus intereses en los conflictos con sus vecinos, situados a distancia no superior a 100 metros, por cuestiones de servidumbres de paso, luces, vistas, distancias, lindes y medianerías.

– La defensa y reclamación de sus intereses frente a la comunidad de propietarios del inmueble en que se halle el local, siempre que esté al corriente de pago de las cuotas legalmente acordadas.

– La defensa de su responsabilidad penal en los procesos que se le sigan como miembro de la junta de copropietarios del inmueble en que se halle el local.

3. Como arrendatario.

– La defensa y reclamación de sus intereses en los conflictos derivados del contrato de arrendamiento del local. No quedan cubiertos los juicios de desahucio por falta de pago.

Quedan excluidos de todas las coberturas de este artículo, los hechos voluntariamente causados por el Asegurado o aquellos en que concurra dolo o

culpa grave por parte de éste, según sentencia judicial firme.

ASISTENCIA JURÍDICA TELEFÓNICA

Se pondrá a disposición del Asegurado un abogado para que le informe telefónicamente, en prevención de posibles litigios, sobre el alcance de los derechos que le asistan y la mejor forma de defenderlos en el ámbito de su actividad empresarial o autónoma y en relación con las garantías de este seguro. Queda excluida en cualquier caso, la consulta sobre temas fiscales y cuestiones societarias.

Esta información jurídica se prestará a través del número de teléfono que, a tal efecto, se facilitará al Asegurado.

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La cobertura de extensión de garantías comprende:

• Responsabilidad civil explotación

• Responsabilidad civil como propietario del inmueble

• Responsabilidad civil de la actividad asegurada Sublímite por víctima y siniestro

• Responsabilidad civil de daños por agua Incluido

• Responsabilidad civil patronal —- Incluido Sublímite por víctima y siniestro

• Responsabilidad civil explotación por intoxicaciones alimentarias

• Defensa y gastos Hasta 6.000,00 € Hasta 3.000,00 € en capital en caso de conflicto de intereses

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La cobertura de extensión de garantías comprende:

La indemnización en caso de paralización total o parcial de la actividad en el local asegurado a consecuencia de las siguientes coberturas, y siempre que estas hayan sido contratadas:

• Incendio y complementarios.

• Riesgos extensivos.

• Daños por agua.

• Robo.

•Etc.

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La cobertura de extensión de garantías comprende:

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• Los daños materiales y pérdidas debidos a la desaparición, destrucción, deterioro y desperfectos de los bienes asegurados por Contenido como consecuencia de robo, expoliación o su intento.

• Hurto de las mercancías perpetrado en el interior del local.

• Daños y/o pérdidas materiales, que a consecuencia de expoliación o atraco, sufran los clientes y empleados en el local asegurado.

• La infidelidad de empleados, entendiéndose como tal, las pérdidas económicas que sufra el asegurado por estafa, fraude, malversación, falsificación, apropiación indebida de dinero, títulos y documentos que representen un valor o garantía de dinero realizada por un empleado, o por culpa de este y siempre que haya sido cometido en el desempeño interrumpido de su cargo.

• Los gastos para la sustitución total o parcial por robo o extravío de llaves del local asegurado, entendiéndose también por llave las tarjetas magnéticas o perforadas y los mandos de apertura a distancia.

• Los gastos urgentes de la primera asistencia sanitaria, que pudieran precisar los clientes y/o empleados por lesiones sufridas con motivo de un atraco en el local asegurado.

• Robo o expoliación a los ordenadores portátiles propiedad del asegurado, mientras se encuentre desempeñando su trabajo fuera del local asegurado, hasta el limite máximo de 1.500€/siniestro y año. 

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La cobertura de extensión de garantías comprende:

Los daños y deterioros sufridos por las mercancías contenidas en los aparatos frigoríficos del local asegurado como consecuencia de:

• Aumento o disminución de la temperatura interior de dichas aparatos frigoríficos, debido a una avería o cualquier otra causa accidental, fortuita o involuntaria.

• Paralización de la instalación frigorífica por un tiempo superior a 6 horas consecutivas.

• Contaminación por escapes o derrames accidentales del medio refrigerante.

Los gastos de salvamento y/o destrucción, que pudieran producirse a consecuencia de un siniestro, para salvaguardar las mercancías con objeto de evitar daños mayores o para proceder a su evacuación y destrucción.

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Y todas estas otras coberturas especificas de la asociación incluidas en el seguro sin coste:

 

• Responsabilidad civil por intoxicaciones alimentarias

• Responsabilidad civil por la propiedad de terrazas en via publica

• Responsabilidad civil por las construcciones anexas que formen parte de las terrazas (cenadores o veladores)

• Responsabilidad civil de las casetas de ferias

• Responsabilidad civil de instalaciones recreativas infantiles propiedad del asegurado, asi como la actuacion de monitores de animación

• Responsabilidad civil por prendas dañadas, manchadas, sin franquicia

• Daños a los cenadores o veladores

• Daños al mobiliario de las terrazas

• Incendio, explosion caida de rayo, extension de las garantías y robo para las casetas de ferias solo para contenido

• Infidelidad de empleados hasta 2500 €

 

Para la contratación de esta póliza es imprescindible pertenecer a la asociación, de no ser asociado solo se podrían contratar coberturas habituales.

Para mas información puede rellenar el formulario siguiente o ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 610 709 599 (Francisco Santos).

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