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Seguro obligatorio de maquinaria de obra civil

Seguro obligatorio de maquinaria de obra civil: qué exige la nueva normativa y cómo cumplirla

La maquinaria de obra civil está en el punto de mira de la nueva normativa de circulación y responsabilidad civil. Lo que antes se consideraba un supuesto “gris”, hoy es una obligación clara para muchas empresas constructoras: determinadas máquinas deben contar con seguro obligatorio de responsabilidad civil de circulación, incluso cuando no circulan habitualmente por vías públicas.
Este cambio legal ha generado muchas dudas en el sector, especialmente entre empresas que tradicionalmente se han apoyado únicamente en su Responsabilidad Civil General. Sin embargo, la reforma legislativa amplía el concepto de vehículo a motor y obliga a revisar máquina por máquina.

El cambio clave de la ley: ya no importa solo si circula por carretera

La normativa actual ya no se fija exclusivamente en el uso en vías públicas. El criterio se ha ampliado y ahora se centra en la capacidad de la máquina para generar riesgo.
Una máquina de obra civil puede estar obligada a tener seguro obligatorio si:
    • Es autopropulsada
    • Puede desplazarse por sí misma
    • Tiene capacidad real de causar daños a terceros
    • Encaja dentro de la definición ampliada de vehículo a motor
Esto significa que aunque la maquinaria trabaje únicamente dentro de una obra, puede estar sujeta a la obligación de aseguramiento si cumple estos requisitos.

 

excavadora trabajando en una obra civil

Qué maquinaria de obra civil debe asegurarse obligatoriamente

En la práctica, la mayoría de la maquinaria pesada entra ya en obligación legal. Especialmente aquella que se desplaza dentro del recinto de obra, cambia de zonas de trabajo o puede acceder puntualmente a vías públicas.
Entre las máquinas que sí deben contar con seguro obligatorio de circulación destacan:
    • Retroexcavadoras
    • Cargadoras frontales y mixtas
    • Rodillos compactadores
    • Dumpers rígidos y articulados
    • Motoniveladoras
    • Palas cargadoras
El riesgo no está solo en la circulación por carretera, sino en su potencia, masa, velocidad y entorno de trabajo, normalmente rodeado de operarios, subcontratas y terceros.

Maquinaria que normalmente queda fuera del seguro obligatorio

No toda la maquinaria está sujeta a esta obligación. Generalmente quedan excluidos:
    • Equipos fijos o no autopropulsados
    • Instalaciones estáticas como plantas de hormigón fijas
    • Maquinaria que no puede desplazarse de forma autónoma
Eso sí, en estos casos sigue siendo imprescindible disponer de una Responsabilidad Civil General de empresa bien dimensionada.

Por qué la RC general ya no es suficiente

Este es uno de los errores más frecuentes. Antes, muchas empresas confiaban en que su RC general cubría cualquier incidente.
Con la nueva normativa, si la máquina debería tener seguro obligatorio y no lo tiene, las consecuencias pueden ser graves:
    • El Consorcio de Compensación de Seguros puede reclamar los daños
    • La empresa responde directamente con su patrimonio
    • Puede existir sanción administrativa
    • El siniestro puede quedar fuera de cobertura
No se trata de una recomendación, sino de una exigencia legal cuando la máquina encaja como vehículo a motor.

 

rodillo apisonadora de maquinaria pesada

Qué seguro se exige exactamente

La ley exige un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de Vehículos a Motor, específico por cada máquina.
Este seguro:
    • No se sustituye por RC general
    • Debe contratarse de forma individualizada
Habitualmente se combina con:
    • Seguro de daños propios o todo riesgo de maquinaria

Recomendación profesional

La mejor decisión es realizar un inventario completo de la maquinaria de obra civil y analizar cada equipo según su uso, desplazamiento, velocidad y entorno. Con la legislación actual, la mayoría de máquinas autopropulsadas deben asegurarse individualmente.
Una revisión a tiempo evita sanciones, reclamaciones millonarias y problemas legales que pueden comprometer la viabilidad de la empresa.
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